Hace unos días la Asociación Española de Franquiciadores (AEF) presentó el Observatorio de la Jurisprudencia de Franquicias en España, que demostró que la litigiosidad en la franquicia representa un mínimo porcentaje, siendo uno de los sistemas con menos conflictos.
Este Observatorio es un estudio estadístico que ofrece una radiografía cuantitativa y cualitativa sobre la litigiosidad en materia de franquicia en España. En esta edición ha realizado un estudio que analiza el periodo comprendido entre los años 2006 y 2020. El informe ha sido elaborado por el Comité de Expertos Jurídicos de la AEF en colaboración con el Banco Sabadell y la conclusión es que el sistema de franquicias mantiene una litigiosidad media del 0,009%, un dato muy bueno y que destaca la fortaleza del mismo.
A lo largo del periodo analizado, se han dictado un total de 648 sentencias. 634 de ellas (el 97,83%) se produjeron en Audiencias Provinciales. Y solo 14 sentencias (el 2,17%) se fueron dictadas en el Tribunal Supremo.
Este análisis muestra como el número de sentencias ha sido muy similar a lo largo del periodo estudiado.
Así, del total de las sentencias, 38 se produjeron en 2006; 55 en 2007; 32 en 2008; 40 en 2009; 46 en 2010; 44 en 2011; 41 en 2012; 45 en 2013; 45 en 2014; 33 en 2015; 39 en 2016; 39 en 2017; 57 en 2018; 56 en 2019, y 38 durante el pasado año 2020.
Principales motivos de conflicto entre la Central Franquiciadora y los franquiciados
1. Nulidad del contrato de franquicia debido a vicios en el consentimiento del franquiciado.
2. Nulidad del contrato por falta de objeto del mismo.
3. Incumplimientos del franquiciado por impago de cánones y royalties.
4. Incumplimiento del franquiciado por vulneración de la cláusula de no competencia postcontractual.
5. Incumplimientos del franquiciado por comercialización de productos o de proveedores no autorizados.
6. Incumplimiento del franquiciador por no prestar asistencia técnica.
Como se puede ver, los conflictos o no cumplimientos de los acuerdos pueden venir tanto desde la parte de la Central Franquiciadora como por la parte del franquiciado. De hecho, según los datos que desprende este Observatorio de la Jurisprudencia de la Franquicia en España, la mayor parte de los procedimientos son iniciados por las Centrales Franquiciadoras, un 60,39% de los casos. Y, además, las resoluciones también son favorables, en su mayoría a los propios franquiciadores, en un 67,72% de las ocasiones.
El resultado final de este estudio es que el grado medio de litigiosidad en la franquicia en España se sigue manteniendo en el 0,09%. Este dato refuerza la afirmación de la franquicia es un sistema de negocio con un bajo nivel de conflictos jurídicos entre el franquiciado y la Central Franquiciadora, demostrando la madurez del sistema. Además, los franquiciados y franquiciadores confían plenamente en el sistema ya que en España existe un marco jurídico seguro, permitiendo el desarrollo de la franquicia incluso en los escenarios más complicados.
Los expertos que han realizado este estudio han destacado que el grado de litigiosidad es un muy bajo respecto al número total de enseñas y establecimientos abiertos bajo este sistema en España. Se trata de un hecho muy positivo ya que hace que los emprendedores se decanten por la franquicia como modo de crecimiento ya que, si hubiera algún tipo de conflicto, saben que se puede solucionar en el día a día, siendo un sistema transparente.